Con las reformas a la Ley de Turismo de la Ciudad de México aprobadas en 2024, poner un departamento en Airbnb u otra plataforma ya no se reduce a "publicar un anuncio".
En 2026 el marco empezó a aplicarse: el padrón oficial de anfitriones ya existe y está en operación.
Aquí revisamos tres piezas que todo propietario en Roma Norte debe tener claras: registro, folio y coeficiente de ocupación. No es la lista completa de obligaciones.
1. El padrón de anfitriones ya está en operación
En mayo de 2026 la ciudad abrió el padrón oficial de anfitriones y estancias turísticas eventuales.
El trámite empieza con Llave CDMX, aunque el portal pide un expediente más amplio: documento de propiedad, administración o posesión; RFC y constancia fiscal; constancias de no adeudo de predial y agua.
También pide una carta sobre medidas de seguridad, aviso al condominio cuando aplique, identificación, comprobante de domicilio y la información de seguro que solicita el sistema.
Al registrarte obtienes un folio ligado al inmueble y al anfitrión. Las plataformas tienen que colaborar con la autoridad para que los anuncios activos correspondan a anfitriones registrados.
Operar un anuncio sin registro ya es un riesgo que no conviene. El trámite es administrativo, pero pide documentos del inmueble y datos del operador, y hay que actualizarlo si cambia quién administra la propiedad.
El padrón admite hasta tres inmuebles por anfitrión. Si tienes más, lo que pide el cuarto está en la guía sobre Airbnb con más de 3 inmuebles y el establecimiento mercantil.
2. El folio en el anuncio
El folio de registro tiene que poder ligarse al anuncio publicado. Con eso la autoridad cruza qué inmuebles están operando y quién responde por cada uno.
Si trabajas con una administración profesional, revisa que el registro esté en orden y que el folio sea del inmueble correcto, no de otro departamento del mismo operador.
3. El tope de noches: ~183 al año, y los amparos
Lo más discutido de la reforma es el tope de ocupación anual para estancias turísticas eventuales: alrededor de 183 noches por año por inmueble, la mitad del calendario.
El tope se ha impugnado, pero una suspensión o sentencia solo se puede valorar con el expediente y las partes concretas. Aquí no damos por hecho que exista una suspensión general.
Qué se puede afirmar de esos juicios, y qué no, lo separamos en la guía sobre amparos contra el tope de noches en CDMX.
El tope también tiene oposición organizada: un grupo de pequeños anfitriones pidió eliminar el límite de 183 noches en agosto de 2026.
La Ley de Rentas Justas que discute el Congreso no cambia este marco: según la prensa, el texto presentado en octubre de 2026 deja la renta corta en la Ley de Turismo.
La situación puede cambiar. Revisa el texto vigente y tu caso con un abogado antes de tomar decisiones definitivas.
Más que el número exacto, al propietario le importa la consecuencia: en CDMX ya no se puede planear con el calendario abierto los 365 días como escenario base.
Una operación puede combinar noches turísticas con estancias más largas. El tratamiento jurídico de estas depende del contrato y de cómo se operan en los hechos; confírmalo antes de suponer que quedan fuera del marco turístico.
Cómo lo operamos nosotros: contamos las noches de cada inmueble y planeamos el calendario anual para que el marco disponible se use en las noches de tarifa más alta (eventos, temporada alta).
El resto se cubre con estancias de mayor duración.
A eso nos referimos con el "marco de noches" que mencionamos en la portada.
¿Qué significa para tu ingreso?
Limitar las noches no parte tu ingreso a la mitad. Lo que se reduce son las noches, no la tarifa, y en Roma Norte una noche de temporada alta puede valer más del doble que una de enero.
Si eliges qué noches vender, puedes conservar la mayor parte del ingreso de un calendario abierto. Compara dos escenarios:
- En el escenario ingenuo vendes noches conforme llegan las reservas y topas el límite a mitad de año.
- En el escenario planeado guardas el marco de noches para las fechas de tarifa más alta y llenas el resto con estancias medias: contratos de 1 a 6 meses con huéspedes de trabajo remoto, estancias médicas o reubicación.
El segundo pide más planeación. Ese tipo de decisión es lo que distingue a una administración profesional de alguien que solo publica el anuncio.
Puedes comparar los dos modelos con números en nuestra guía ¿Airbnb o renta tradicional en CDMX? y ver qué le dejó el pico de demanda del Mundial 2026 a quien planeó su calendario.
Checklist mínimo de cumplimiento
- Registro de anfitrión vigente en estanciaeventual.cdmx.gob.mx (con Llave CDMX, comprobante de propiedad y RFC) y folio ligado al inmueble.
- Registro por escrito de las noches rentadas en cada año calendario.
- Reglamento condominal revisado. Algunos edificios de Roma Norte prohíben o restringen la renta corta, y esa regla está por encima de cualquier plan de negocio.
- Obligaciones fiscales al corriente. Las plataformas retienen ISR e IVA a personas físicas; el detalle está en la guía de impuestos por rentar en Airbnb en CDMX.
- Una persona responsable de la operación, que responda ante el edificio, el huésped y la autoridad.
Fuentes primarias revisadas el 31 de julio de 2026: Padrón oficial de Estancia Turística Eventual y comunicado del Congreso sobre el coeficiente anual de 50%.
Este artículo resume el marco desde la operación y puede quedar desactualizado. No es asesoría legal ni fiscal: antes de decidir, revisa la norma vigente y tu caso con un abogado o contador.


